Sector Inmobiliario
Se aprobó la nueva Ley de Alquileres: ¿Cuáles son los cambios significativos?
La Cámara de Diputados aprobó las modificaciones a la Ley de Alquileres con 128 votos a favor y 114 en contra: el proyecto definido incluye los cambios propuestos por el Senado.
La reforma que busca resolver la casi nula oferta de viviendas para la renta en las grandes ciudades del país: la modificación clave supone la actualización semestral de los alquileres, a diferencia de la anual que corre actualmente.
Además, también cambiará la fórmula de cálculo del aumento correspondiente cada seis meses, mientras que los contratos se mantendrán con una vigencia de tres años, tal como ocurre al día de hoy.
La iniciativa se aprobó con los votos que fueron aportados por el Frente de Todos, dos diputados del Interbloque Federal, uno de Juntos por Rio Negro y cuatro de izquierda, mientras que rechazaron la iniciativa los libertarios, Juntos por el Cambio y algunos legisladores provinciales.
Luego de que Diputados le diera media sanción al proyecto original a fines de agosto, este pasó al Senado, pero la Cámara Alta no avaló la norma original y propuso los cambios que finalmente, tras volver a la Cámara Baja, se aprobaron este miércoles.
A diferencia del proyecto inicial de Juntos por el Cambio, los cambios propuestos por el Senado suponen una posición más favorable para el inquilino, dado que previamente se había pasado con media sanción una actualización cuatrimestral del alquiler y otros puntos que podrían resultar adversos para estos: todos los detalles de los cambios a la Ley de Alquileres.
Nueva Ley de Alquileres: todos los cambios aprobados por el Congreso
En primer lugar, el cambio más relevante de la nueva Ley de Alquileres refiere a la actualización de los valores: cuando se oficialice la normativa esta dejará de ser anual y el alquiler mensual pasará a corregirse cada seis meses.
Este punto es, tal vez, el más relevante de todos y el que busca alivianar un poco la crisis de casi nula oferta y alta demanda de alquileres en un contexto de alta inflación, con un 124,4% de aumento de precios interanual que rápidamente deja atrasada la actualización cada 12 meses.
La corrección cada seis meses se trata de un punto medio entre el aumento anual en línea con la inflación y la suba cuatrimestral propuesta en primer lugar por la oposición.
También a diferencia del proyecto original, los contratos seguirán firmándose por tres años a diferencia de los dos que se propusieron en un principio.
Además, en un intento de reducir los contratos ofrecidos en dólares, la ley define que estos deberán acordarse "en valor único en moneda nacional" y por períodos mensuales", con ajustes de al menos seis meses.
Por otro lado, otra de las modificaciones más relevantes será sobre la fórmula de cálculo de las subas: estas ya no se regirán por la inflación del período, sino por un promedio entre el 0,9 de la variación salarial publicada por el INDEC para el período y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) del BCRA que sigue la inflación.
Se trata del coeficiente Casa Propia que el Gobierno actualmente utiliza para calcular las cuotas de los créditos Procrear II que otorgan préstamos para acceder a viviendas en desarrollos urbanísticos del Estado.
Por el lado de los propietarios, el nuevo texto aprobado este miércoles incorpora un nuevo párrafo -en el artículo 9- en el cual se exime a los monotributistas del pago "los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles".
Además, los propietarios no pagarán Bienes Personales sobre los inmuebles que se pongan en alquiler, mientras que tampoco pagarán el impuesto al cheque en las cuentas bancarias destinadas a cobrar esos contratos que se encuentren "debidamente registrados" ante la AFIP.
Finalmente, las partes también podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación.
El proyecto aprobado también dispone que la publicidad de las viviendas con destino habitacional en alquiler debe ser realizada "en moneda nacional", sin importar el medio o plataforma, y se elimina "la posibilidad de los pagos a inquilinos por adelantado".
Cabe resaltar que aún no corren estas modificaciones dado que primero deben ser refrendadas por el Poder Ejecutivo y, una vez aprobadas, la normativa se oficializa en el Boletín Oficial.
Se calcula que este proceso tarda al menos un mes, aunque suele alargarse más, por lo que los nuevos contratos bajo esta modalidad recién se podrían firmar para diciembre o los primeros meses del 2024.