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Créditos hipotecados UVA: Otro fallo de la Justicia podría cambiar la suerte de los deudores
La Justicia avanzó en las últimas horas con un fallo inédito frente a los reclamos de los deudores de créditos hipotecarios UVA: la Cámara II de Apelaciones en lo Civil y Comercial de La Plata ratificó que se debe reajustar un contrato con otros criterios para establecer la actualización.
La Sala II del mencionado tribunal confirmó la sentencia de la instancia anterior al expedirse en el caso “Giangrande, Yanina c/Banco de la Provincia de Buenos Aires s/Acción de reajuste” y así ordenó reliquidar el contrato, en forma retroactiva desde agosto de 2019, aplicándose un índice de ajuste intermedio entre el CVS (coeficiente de variación Salarial) publicado mensualmente por el INDEC y el UVA.
El fallo representa el primer precedente en la materia en todo el país porque además establece que la cuota que se defina no podrá superar el 35% de los ingresos mensuales del deudor y que tampoco se podrá extender el plazo original del acuerdo.
Teniendo en cuenta que se trata de un contrato regido por el régimen protectorio del consumidor, el Tribunal reconoció la existencia de una situación excesivamente onerosa para la deudora, de acuerdo con los términos pactados originalmente, y aplicó el principio del esfuerzo compartido para repartir las cargas entre ambas partes.
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“La decisión de la Cámara brinda una solución concreta a un problema que ha tomado estado público a partir de la pandemia, y su importancia radica en que el criterio podría verse replicado en muchísimos otros casos de quienes se encuentren en una situación semejante”, destacó Mercedes Tonelli, abogada defensora de la demandante.
Además, dijo que “este fallo inédito en el país, aporta una esperanza a muchas familias que se sienten agobiadas por la situación económica, y reafirma que el Poder Judicial es la garantía que tienen los ciudadanos para ser escuchados en la lucha por sus derechos individuales”.