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Coronavirus: Abren las obras privadas en la Provincia de Buenos Aires

18/05/2020 - La gobernación bonaerense informó que varias actividades seguirán limitadas en aglomerados de más de 500 mil habitantes. La decisión llega tras el pedido de varios intendentes

ARGENTINA.- La provincia de Buenos Aires tomó la decisión de flexibilizar la cuarentena y permitirá la apertura de comercios de cercanía, actividades manufactureras y la construcción privada, aunque estos deben cumplir con estrictos protocolos sanitarios para evitar la propagación del coronavirus.

La decisión tomada por Axel Kicillof responde al pedido de distintos intendentes, presionados por la crisis económica que trajo aparejada la emergencia sanitaria. En ese sentido, desde la Gobernación tuvieron en cuenta la población con necesidades básicas insatisfechas, el hacinamiento crítico, la cantidad de adultos mayores y la movilidad de personas de cada uno de los municipios.

En primer lugar, se habilitarán las actividades manufactureras y de construcción privada, siempre y cuando se cumplan “todos los parámetros epidemiológicos y sanitarios requeridos por la normativa nacional y provincial", se presenten estrictos protocolos sanitarios y de funcionamiento, se verifiquen las posibilidades de fiscalización por parte del distrito y las empresas garanticen el traslado de los trabajadores, sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros.

En la misma línea, se aprobará la excepción para las actividades comerciales de cercanía que cumplan todos los parámetros sanitarios arriba mencionados, que presenten los protocolos correspondientes y que sean operadas por sus propios dueños o con empleados y empleadas locales.

“Se sugiere, además, que la atención y entrega de los productos, de ser posible, se realice en la vereda de los comercios, sin necesidad de ingreso al local y con las medidas de distanciamiento social que correspondan”, detallaron.

Por otro lado, explicaron, según Infobae,  que “dada la alta capacidad de contagio de algunos servicios personales por la cercanía entre quien presta el servicio y el usuario”, no se habilitará las siguientes actividades en el área del AMBA y los aglomerados de más de 500 mil habitantes:

• Servicios de alojamiento;

• Servicios de peluquería y estética;

• Venta minorista de productos textiles; prendas y accesorios de vestir; calzado; juguetes; artículos de esparcimiento y deportes: solo venta telefónica o por canales electrónicos, con entrega a domicilio;

• Servicios de comidas y bebidas: solo entrega a domicilio o retiro en el local.

Además, continuarán prohibidas, al igual que en todo el territorio nacional, las siguientes actividades:

• Dictado de clases presenciales de todo tipo y especie;

• Eventos públicos y privados de todo tipo y especie;

• Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público que implique la concurrencia de personas;

• Transporte público de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional;

• Actividades turísticas y apertura de parques, plazas o similares.


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