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Créditos a tasa cero: Cuáles son los requisitos y cómo inscribirse

02/05/2020 - Será para monotributistas y autónomos. A raíz de las consultas recibidas de muchos profesionales de la industria de la construcción, decidimos publicar cómo es la operatoria

ARGENTINA.- El Gobierno de Alberto Fernández va a otorgar créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos. Este crédito se dará como un saldo a favor en la tarjeta de crédito y no puede usarse para compra de moneda extranjera.

Muchos profesionales de la industria de la construcción, el mercado inmobiliario y la arquitectura han consultado en las redes sociales de InformeConstrucción.com cómo será la operatoria y decidimos realizar un mini tutorial. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) detalló los pasos que se deberán cumplir para acceder a los créditos a tasa cero.

Si bien se esperaba que esta ayuda que dispuso el Estado para mitigar el impacto económico de la cuarentena obligatoria comenzara a ser otorgada esta semana, la medida recién fue pulida y publicada este jueves a través del Boletín Oficial.

En la Resolución General 4707/2020 del organismo conducido por Mercedes Marcó del Pont se informó cómo será el otorgamiento de los créditos a tasa cero. Los beneficiarios deberán tramitarlo a través de la página web de la AFIP, con clave fiscal. Sin embargo, recién podrán ingresar al servicio denominado “Crédito Tasa Cero” desde el próximo lunes 4 de mayo, hasta el 29 de mayo.

Será el propio sistema el que indicará los montos mínimo y máximo del crédito susceptible de ser otorgado. Tras completar sus datos, la persona deberá ingresar el importe del crédito que solicita.

El mismo tendrá un tope de hasta $ 150.000 a devolver en 18 cuotas, con 6 meses de gracia antes de realizar el primer pago.

En caso de poseer, se deberá ingresar el número de la tarjeta de crédito bancaria a ser utilizada para esta operatoria. En caso de no poseer tarjeta de crédito, se deberá informar a la entidad bancaria la elección para la tramitación del crédito solicitado.

Consecuentemente, el contribuyente tendrá que ingresar los dígitos de su tarjeta de crédito en la que quiera que se acrediten los fondos. En este punto, cabe destacar que quien no cuente con una tarjeta de crédito, deberá informar el banco que elige para gestionar una. En esa entidad va a poder solicitarla o pedir una cuenta a la vista para compras en comercios en la que se le acreditará el préstamo.

Acto seguido , la AFIP informará al Banco Central si el beneficiario podrá gozar del crédito y los importes de las cuotas impositivas y previsionales del Monotributo de los tres períodos fiscales siguientes al otorgamiento, para que se sumen a las tres cuotas que va a acreditar el banco en la tarjeta de crédito.

Desde la solicitud, el crédito deberá estar acreditado en no más de 48 horas. Es que el Banco Central dispuso que los créditos deberán ser acreditados por los bancos dos días hábiles después de que el cliente los solicite.

Una vez que la entidad bancaria haya efectuado el otorgamiento del crédito, ésta adicionará a cada una de las cuotas de desembolso “el monto equivalente a las obligaciones de tres períodos fiscales consecutivos”.

El banco realizará, en el mismo momento del desembolso de la cuota del crédito, el pago del “Volante Electrónico de Pago” correspondiente a cada uno de los períodos fiscales, en nombre del contribuyente.

El monto máximo del un crédito a tasa cero es de $150.000, según informó AFIP.

Requisitos

-Estar inscripto en el Régimen simplificado (monotributo) o en el Régimen general (autónomo).

-Que el monto de la facturación electrónica del período comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 haya caído por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado.

-No prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal.

-No percibir ingresos en razón de mantener una relación de dependencia o provenientes de una jubilación.

-En los casos en que la facturación electrónica no se encuentre disponible, las compras no deberían ser superiores al 80% del promedio mensual del límite inferior de la categoría en que se encuentre registrado.

-Tener una situación crediticia ante el BCRA de 1 o 2. Para ver cual es tu situación creditica podes ingresas a http://bcra.gob.ar/BCRAyVos/Situacion_Crediticia.asp  

Las características

 Hasta $150.000 (dependiendo de la categoría y la facturación realizada). Este dinero será acreditado en 3 cuotas iguales y consecutivas de hasta $50.000 cada una en la tarjeta de crédito del contribuyente.

 Se acreditará como pago a cuenta (crédito) en una Tarjeta de Crédito de la que sea el beneficiario titular en la entidad bancaria.

 Tiene 6 meses de gracia, con lo cual la primer cuota (de sacarlo en Mayo) se empezaría a devolver en el mes de Noviembre)

 La devolución será en 12 cuotas sin interés y cada cuota será como máximo de $12.500 

El procedimiento

Los pequeños contribuyentes y los trabajadores autónomos susceptibles de obtener el beneficio de “Crédito a Tasa Cero” deberán:

- Ingresar, entre los días 4 y 29 de mayo de 2020, ambos inclusive, al servicio denominado “Crédito Tasa Cero”.

- El sistema le indicará los montos mínimo y máximo del crédito susceptible de ser otorgado.

- Ingresar el importe del crédito que solicita.

- Ingresar, en caso de poseer, el número de la tarjeta de crédito bancaria a ser utilizada para esta operatoria.

- En caso de no poseer tarjeta de crédito bancaria, informar la entidad bancaria de su elección para la tramitación del crédito correspondiente.

La AFIP pondrá a disposición del BCRA esta información junto con el valor de las cotizaciones que el contribuyente abone de autónomos o monitributo.


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