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Buscan crear nuevo régimen de precios para actualizar la obra pública
ARGENTINA.- Juan Chediack, presidente de la Cámara Argentina de la Construcción, había anticipado que el
decreto para fijar precios en la obra pública ya estaba redactado y estaba próximo a ser publicado. "Esto viene
a superar un problema, que era un decreto de redeterminaciones antiguo e
injusto", afirmó.
El objetivo del Decreto 691/16,
publicado en el Boletín Oficial y para el cual a principios de año ya se
había puesto en marcha una comisión que analice el tema, es establecer un
régimen tendiente al mantenimiento de la ecuación económico-financiera original
de los contratos de obras públicas durante todo el plazo de su duración y a
futuro".
Se argumenta que "la
presente medida contribuirá a la reactivación del sector de la construcción,
trayendo aparejado un significativo aumento de la demanda de mano de obra
requerida a tal efecto, lo cual redundará en la efectiva recuperación de las
fuentes de trabajo en dicho sector". Además, afirma que "teniendo en
cuenta el efecto multiplicador que el sector de la construcción tiene en la
economía, la presente medida provocará, además, la movilización de otros
aspectos de la actividad económica en general".
Asimismo, se hace extensivo
"a los contratos de Consultoría de Obras Públicas, regidos por la Ley de
Servicios de Consultoría N° 22.460, que tengan un objeto directamente
relacionado a la ejecución de una obra pública, es decir, aquellos servicios de
consultoría referidos a los estudios, proyectos, controles y verificaciones de
toda clase, necesarios para la planificación, proyecto, ejecución,
mantenimiento y operación de una obra pública regida por la Ley N° 13.064 y sus
modificatorias".
En los considerandos se explica
que "la aplicación del Decreto 1295/2002 se ha visto afectada en los
últimos tiempos, entre otras causas, por el aumento generalizado de los
precios, las restricciones a la importación de insumos y los tiempos de
sustanciación de los procedimientos de redeterminación de precios de los
contratos". Y que "la alteración de la ecuación económico financiera
de los contratos de obra pública ha importado un aumento significativo de los
reclamos administrativos y judiciales".
"Que la situación planteada
en los considerandos precedentes conllevó a que un gran número de obras
públicas de vital importancia para el país se encuentren paralizadas o con un
grado de avance significativamente menor al que le hubiese correspondido",
afirma el nuevo decreto.
El decreto determina que "en
consecuencia, corresponde reemplazar la 'Metodología de Redeterminación de
Precios de Contratos de Obra Pública' prevista en el Decreto N° 1295/02,
aprobando un nuevo régimen, con el objeto de mantener el equilibrio económico
financiero de los contratos de obra pública y consultoría de obra pública,
garantizando de esta manera la continuidad de su ejecución aplicando el
principio de esfuerzo compartido y permitiendo, a su vez, la celebración de
nuevos contratos que otorguen mayor certeza y transparencia".
En el artículo 3 del anexo que
acompaña al decreto se fija que "los precios de los contratos,
correspondientes a la parte faltante de ejecutar, podrán ser redeterminados a
solicitud de la contratista cuando los costos de los factores principales que
los componen, reflejen una variación promedio ponderada de esos precios,
superior en un 5% a los del contrato o al precio surgido de última
redeterminación de precios, según corresponda".
Los nuevos precios se
determinarán ponderando el costo de los materiales y de los demás bienes
incorporados a la obra, la mano de obra, la amortización de equipos y sus
reparaciones y repuestos, y todo otro elemento que resulte significativo
"a criterio del comitente". Los precios de referencia serán tomados
del INDEC.